1.1 Misión y visión.
1.2 Estructura orgánica – Organigrama.
1.3 Mapas y cartas descriptivas de los procesos.
1.4 Directorio institucional incluyendo sedes, oficinas, sucursales, o regionales y dependencias.
1.5 Directorio de servidores públicos, empleados o contratistas.
1.7 Directorio de agremiaciones o asociaciones en las que participe.
1.8 Servicio al público, normas, formularios y protocolos de atención.
1.9 Procedimientos que se siguen para la toma de decisiones.
1.11 Calendario de actividades y eventos.
1.12 Información sobre decisiones que puedan afectar al público.
2.1 Normativa de la entidad o autoridad.
2.1.1 Leyes.
2.1.2 Decreto Único reglamentario.
2.1.3 Normativa aplicable.
2.1.4 Vínculo al Diario o Gaceta oficial.
2.1.5 Políticas, lineamientos y manuales.
2.1.6 Agenda regulatoria.
Según el artículo 2.1.2.1.20 del Decreto 1273 de 2020, la obligación de cumplir con la agenda regulatoria es exclusiva para los ministerios y departamentos administrativos cabeza de sector. Estas entidades son las responsables de publicar su agenda regulatoria, remitirla a la Secretaría Jurídica de la Presidencia y constatar que los proyectos normativos estén incorporados en ella antes de su publicación.
2.2. Búsqueda de normas.
2.2.1 Sistema Único de información normativa – SUIN.
2.2.2 Sistema de búsqueda de normas, propio de la entidad.
2.3. Proyectos de normas para comentarios.
2.3.1 Proyectos normativos.
2.3.2 Comentarios y documento de respuesta a comentarios.
2.3.3 Participación ciudadana en la expedición de normas a través del SUCOP.
4.1 Presupuesto general de ingresos, gastos e inversión.
4.3 Plan de acción.
4.6 Información pública y/o relevante.
4.7 Informes de gestión, evaluación y auditoría.
4.8 Informes de la oficina de control interno.
4.9 Informe sobre defensa pública y prevención del daño antijuridico.
4.10 Informes trimestrales sobre acceso a información, quejas y reclamos.
6.1 Diagnóstico de necesidades e identificación de problemas
6.2 Planeación y presupuesto participativo
6.3 Consulta ciudadana
– Sucop
– Estudios, investigaciones y otras publicaciones
6.5 Colaboración e innovación abierta
– Encuesta
6.6 Control social
Los sujetos obligados a publicar información tributaria son las entidades territoriales locales, es decir, los Municipios y Distritos, quienes de acuerdo con el anexo 2 de la resolución 1519 del año 2020, deben publicar en su sección de Transparencia y Acceso a la Información Pública los procesos de recaudo de rentas locales y las tarifas de liquidación de impuesto de industria y comercio.
La Empresa de Servicios Públicos es una empresa industrial y comercial del estado, de tal manera que, es una entidad descentralizada del orden territorial y por ende no está llamada a cumplir con la obligación previamente expuesta, pues no se trata de una entidad territorial local.
601-023-2236
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